QUÉ PUEDE HACER UN CONSULADO POR USTED
- Otorgar pasaportes y actualizar su documentación argentina.
- Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ambos padres (o del titular o titulares de la patria potestad).
- Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente a través de la legalización de documentación emitida en esta jurisdicción consular para que tengan validez en nuestro país.
- Realizar la opción de ciudadanía de menores residentes en el exterior, y tramitar los pedidos de opción de los mayores de 18 años, ante un Juez argentino.
- Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada desde nuestro país y hasta que Ud. se pueda establecer en un nuevo domicilio.
- Orientarlo en materia jurídica, médica , notarial, etc.
- Brindar apoyo informativo y buscar orientación médica para personas accidentadas.
- Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y brindarles asesoramiento.
- Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de sus emergencias.
- Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
- Asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, asesorándolos en cuanto a los procedimientos locales, asegurando que tengan acceso a un abogado (sea de oficio o uno contratado por el detenido o su familia con los correspondientes costos a su cargo).
- Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales, cuando el pedido obedece a requerimientos legales, humanitarios y vinculados con situaciones de verdadera emergencia familiar.
- Velar por los intereses de argentinos menores o discapacitados, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
ALGUNAS COSAS QUE NO PUEDE HACER UN CONSUL POR USTED
Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
- Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
- Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales canadienses en hospitales o prisiones.
- Realizar tareas que correspondan a agencias de viajes, aerolíneas,bancos, etc.
- Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República, o continuar viaje, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
- Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
- Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo, como asimismo constituirse en su garante o fiador.
ORIENTACIONES ADICIONALES
- Recuerde que en el extranjero le son aplicables las leyes y costumbres del país en que usted se encuentra. Es conveniente, entonces, informarse sobre las mismas y respetarlas.
- Asegúrese que su licencia de conducir se encuentre vigente; sea válida en el país que visita, y que está familiarizado con las reglas de tránsito. Es recomendable obtener, previamente, la Licencia Internacional de Conductor. Tenga en cuenta que en este país existen fuertes multas y que no hay excepciones para visitantes extranjeros.
- Si por algún motivo es detenido por las autoridades locales, insista en que el Consulado Argentino de la jurisdicción sea informado. Un funcionario consular se comunicará con usted a la brevedad posible. Dicho funcionario podrá asesorarlo en cuanto a procedimientos locales, proveerle acceso a abogados y procurar que sea tratado de la misma manera que un ciudadano local. El Cónsul no podrá abonar sus costos legales ni podrá influir en el proceso en el que usted se vea involucrado.
- Si le sustraen su dinero, documentos u otros efectos personales, efectúe de inmediato la denuncia en la policía local más cercana y reclame una copia de la misma. Luego tome contacto con este Consulado General para obtener la documentación para continuar su viaje o el regreso al país, según las posibilidades del caso.
- Al dejar nuestro país, es aconsejable contratar un seguro de viaje ya que los consulados no pueden hacerse cargo de los costos de su emergencia médica.